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Personas expuestas políticamente (PEP): debida diligencia paso a paso

Tener un PEP en la cartera no es un problema: es una condición que exige más trabajo y mejor evidencia. El problema aparece cuando la entidad se entera de esa condición después de la operación, o cuando la reforzada consiste en escribir la palabra PEP en una casilla y seguir igual que siempre.

Qué hace PEP a una persona, y qué no

Una persona expuesta políticamente desempeña o desempeñó funciones públicas prominentes, en su país, en el extranjero o en una organización internacional. La lógica no es moral, es funcional: quien controla presupuesto, adjudica contratos u otorga permisos tiene una posibilidad de abuso de posición que un cliente corriente no tiene, y eso se traduce en riesgo de corrupción y de lavado.

De ahí salen dos consecuencias. La condición de PEP no es una sospecha ni una acusación, y no habilita a cerrar la puerta por defecto. Y no se agota en cargos de elección popular: alcanza a altos funcionarios de la administración, de fuerzas armadas y policía, de la judicatura, de empresas estatales y de organismos internacionales, según lo que fije cada norma nacional.

El GAFI trata a los PEP extranjeros como riesgo alto por su naturaleza y deja los nacionales al enfoque basado en riesgo. Las normas locales recogen esa distinción con matices: el punto de partida de tu política es el texto vigente de tu supervisor.

El perímetro: familiares y asociados cercanos

El riesgo casi nunca se materializa en la cuenta personal del funcionario, sino alrededor. Por eso el tratamiento reforzado alcanza a familiares y asociados cercanos, y por eso el perímetro es lo que más se descuida. El círculo familiar suele cubrir cónyuge o conviviente, padres, hijos y hermanos, con variantes según el país. Los asociados cercanos cuestan más de mapear porque no figuran en registro alguno: socios, apoderados, quienes comparten el beneficio económico de un vehículo o actúan como fachada. Dos reglas prácticas ordenan el trabajo:

  • Si el beneficiario final de una sociedad cliente es PEP, el cliente entero entra a régimen reforzado.
  • Si un PEP aparece como apoderado, firma autorizada o controlante de hecho de una cuenta ajena, el tratamiento reforzado sigue a la cuenta, no solo a la persona.

El alcance exacto lo define cada norma nacional: documenta en tu manual la definición que aplicas y su fuente.

Ecuador, Colombia y Perú: mismo principio, tres reglas

Los tres exigen debida diligencia reforzada sobre PEP, pero la operan en arquitecturas distintas.

Ecuador

Los sujetos obligados reportan a la UAFE; la supervisión recae en la Superintendencia de Bancos para el sistema financiero y en la SEPS para el sector popular y solidario, y los delitos asociados se persiguen bajo el COIP. Qué funciones califican como PEP se desprende de la normativa aplicable: verifícalo antes de configurar tus reglas de detección.

Colombia

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera tratan a los PEP dentro de SARLAFT, y el sector real supervisado por la Supersociedades lo hace dentro de SAGRILAFT, con el PTEE cubriendo el soborno transnacional. Los reportes van a la UIAF. El universo de PEP nacionales y de organismos internacionales, y su extensión a familiares y asociados, está definido por vía reglamentaria: los cargos y plazos se leen en la norma vigente.

Perú

La UIF-Perú, integrada a la SBS, concentra la inteligencia financiera, y la SBS supervisa el sistema de prevención. El régimen se apoya con fuerza en la declaración jurada del cliente sobre su condición y sus vínculos, verificada luego por la entidad. La Ley 30424, además, lleva el tratamiento de PEP al modelo de prevención de la persona jurídica.

Detectar al PEP antes de que sea tarde

La detección se sostiene en tres capas y ninguna funciona sola. La primera es la declaración del cliente, normalmente jurada: aporta información y genera consecuencias si el cliente miente, pero su límite es evidente, porque nadie con intención de ocultarse marca la casilla.

La segunda es el cotejo contra listas y fuentes: listados oficiales o públicos de funcionarios, bases comerciales de PEP y noticias adversas. Aquí el enemigo no es la falta de coincidencias sino el exceso: los homónimos generan falsos positivos que, mal gestionados, se cierran con un clic y sin registro. Un descarte también es una decisión y debe quedar documentado.

La tercera capa es la detección sobrevenida. Un cliente vinculado hace años puede asumir un cargo mañana, y si el control solo corre en el alta tendrás PEP invisibles en cartera. El rebarrido periódico de la base cierra ese punto ciego, y su frecuencia debe estar en el manual, no depender del analista.

La reforzada, paso a paso

Detectar es la mitad fácil. Lo que distingue a un programa serio viene después, y conviene que sea una secuencia estándar:

  1. Confirma y clasifica. Determina si el vínculo es directo, familiar o de asociado cercano, y si el PEP es extranjero, nacional o de organismo internacional. Eso gradúa todo lo demás.
  2. Obtén aprobación de la alta gerencia para iniciar o mantener la relación. No es formalidad: es el mecanismo por el cual el riesgo sube al nivel que puede asumirlo, y debe constar por escrito con nombre, cargo y fecha.
  3. Establece el origen de los fondos y del patrimonio con evidencia, no con narrativa.
  4. Ajusta la calificación de riesgo y, con ella, monitoreo, límites y periodicidad de actualización.
  5. Refuerza el monitoreo con reglas propias del perfil: contrapartes estatales, transferencias internacionales, terceros ajenos a la actividad declarada.
  6. Revisa periódicamente el expediente, incluida la vigencia del cargo.

Cada paso genera un documento. Si no dejó rastro, para efectos de una revisión no ocurrió.

Origen de los fondos y origen del patrimonio no son lo mismo

Aquí se separan los programas maduros de los que solo llenan campos. El origen de los fondos explica de dónde viene el dinero de una operación concreta. El origen del patrimonio explica cómo se acumuló esa riqueza en el tiempo: una herencia, la empresa familiar, la venta de un inmueble, años de profesión.

En un PEP, la pregunta relevante casi siempre es la segunda: un funcionario puede justificar sin dificultad el origen inmediato de un fondo y, aun así, tener un patrimonio inconsistente con su trayectoria conocida. Esa inconsistencia es lo que el régimen busca detectar.

Sostener el análisis exige evidencia -declaraciones patrimoniales o tributarias, escrituras, contratos, documentos societarios de negocios previos- y coherencia temporal. Patrimonio que aparece justo después de asumir un cargo, o negocios cuya contraparte principal es la entidad que el propio PEP supervisa, piden explicación documentada, no una nota que diga que el cliente es conocido de la plaza.

Monitoreo, alertas y el momento de reportar

El monitoreo de un PEP no es el de siempre con parámetros más estrechos: parte de hipótesis distintas. Las tipologías de corrupción tienen firma propia y conviene traducirlas a reglas:

  • Ingresos desde contratistas del sector que el PEP administra o supervisa.
  • Operaciones fraccionadas para quedar bajo los parámetros de alerta.
  • Uso de terceros sin relación económica aparente para canalizar fondos.
  • Activos de alto valor adquiridos sin financiamiento trazable.

Cuando la alerta no se explica con el expediente, el caso pasa a análisis para decidir un reporte de operación sospechosa ante la unidad que corresponda: UAFE, UIAF o UIF-Perú. Dos reglas no negociables: el reporte no exige certeza de delito, solo sospecha razonablemente fundada, y el deber de reserva se mantiene frente al cliente. Los plazos y formatos los fija cada norma nacional.

Cuándo deja de ser PEP y cómo se documenta la salida

La condición no se apaga el día que el funcionario entrega el cargo: la influencia acumulada sobrevive a la función, y por eso las normas mantienen el tratamiento reforzado durante un período posterior. Cuánto dura ese alcance temporal lo fija cada norma nacional y puede diferir entre Ecuador, Colombia y Perú; confírmalo con tu supervisor en lugar de aplicar un plazo de memoria.

El criterio de fondo sí es común: la salida del régimen se decide con enfoque basado en riesgo, no por el vencimiento de un calendario. Si el excliente conserva influencia, vínculos con contratistas del Estado o noticias adversas sin resolver, el tratamiento continúa.

Documenta la salida con el cuidado de la entrada: fecha de cese y su respaldo, riesgo residual, decisión, quién la aprobó y qué controles siguen vigentes. Bajar el riesgo de un PEP sin constancia del análisis es de los hallazgos más fáciles de levantar en una inspección y de los más difíciles de explicar después.

Preguntas frecuentes

¿Ser PEP obliga a rechazar al cliente?

No. La condición de PEP no implica sospecha ni prohibición: exige debida diligencia reforzada, aprobación de la alta gerencia y monitoreo más intenso. Rechazar de forma automática a todo un grupo es una decisión comercial, no una exigencia del estándar antilavado.

¿Cuál es la diferencia entre PEP extranjero y PEP nacional?

El estándar internacional trata al PEP extranjero como riesgo alto por su propia naturaleza, mientras que al nacional y al de organismos internacionales les aplica enfoque basado en riesgo. Cada país adapta esa distinción, así que revisa cómo la recoge la regla vigente de tu supervisor.

¿Qué hago con un falso positivo del cotejo contra listas?

Documenta el descarte igual que una coincidencia: qué atributos comparaste, qué diferenció a la persona y quién aprobó la decisión. Un descarte sin rastro se ve, ante una revisión, igual que un control que nunca se ejecutó.

¿Cuánto tiempo se mantiene la condición de PEP tras dejar el cargo?

El alcance temporal lo fija cada norma nacional y varía entre países, así que confírmalo con la regulación vigente y con tu supervisor. En todo caso, el vencimiento del plazo no obliga a bajar el nivel de riesgo si persisten influencia, vínculos o noticias adversas.

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